Ley 2486 para bicis eléctricas

¡Atención Riders! Todo lo que debes saber sobre la nueva Ley 2486 de 2025 y las bicicletas eléctricas en ciclorrutas


¿Tienes una bicicleta eléctrica o estás pensando en comprarte una? Entonces esta noticia te interesa más que una bajada con viento a favor. 


La Ley 2486 de 2025 ya fue sancionada por el presidente Gustavo Petro y, sí, ya está vigente y en aplicación en Colombia. Con esta ley, se permite que muchos vehículos eléctricos livianos —como bicicletas eléctricas, patinetas y scooters— puedan circular por ciclorrutas. Pero cuidado: Bogotá por ahora no lo permite del todo.
En este blog te contamos todo en lenguaje sencillo, divertido y 100 % verificado, para que ruedes bien informado y sin multas. 


¿Qué regula la Ley 2486 de 2025?


La nueva ley establece las condiciones bajo las cuales los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana (VELMPU) pueden transitar por las ciclorrutas del país.
¿Qué tipo de vehículos cubre?
 • Bicicletas eléctricas
 • Patinetas eléctricas
 • Monociclos, scooters y similares
 • Motos eléctricas tipo ciclomotor


¿Dónde ya se puede aplicar la ley?


En la mayoría del país, esta ley ya está vigente y aplicándose desde el 17 de julio de 2025. Es decir, si tu bici eléctrica cumple con los requisitos anteriores, ya puedes usar la ciclorruta legalmente (con casco, luces, y sin correr como loco). 


¿Qué requisitos debes cumplir para rodar legalmente?


Requisito                                         | Lo que exige la ley
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Potencia máxima                            | 1000W
Velocidad en ciclorruta                   | Máximo 25 km/h
Velocidad en vía vehicular              | Máximo 40 km/h
Peso del vehículo (sin conductor)   | Hasta 60 kg
¿SOAT, matrícula o licencia?           | No se requiere
¿Casco, luces y timbre?                   | Obligatorios


¿Qué pasa en Bogotá?


Aunque la ley es nacional, cada ciudad puede regular su aplicación. En el caso de Bogotá:
• La Secretaría de Movilidad anunció que, por ahora, se mantiene la prohibición del paso de vehículos eléctricos motorizados en ciclorrutas.
 • Solo se permite el uso de bicicletas eléctricas con pedaleo asistido y motor ≤ 350W, bajo condiciones específicas.
 • No se permiten scooters ni motos eléctricas por ciclorrutas hasta que se expida la reglamentación técnica del Ministerio de Transporte.
⚠️ Si te metes con una bici tipo ciclomotor por ciclorruta en Bogotá, puedes recibir una multa de hasta $604.000 COP.


¿Quieres una bici eléctrica legal y segura?


En GW tenemos las bicicletas eléctricas que cumplen con la Ley 2486:
• Motores ≤ 350W (para Bogotá) o ≤ 1000W (para otras ciudades)
 • Diseño urbano liviano
 • Pedaleo asistido
 • Sin matrícula ni SOAT
 • ¡Listas para rodar por ciclorrutas donde ya está permitido!
👉 Visítanos en https://gwbicycles.com/collections/e-bikes o escríbenos por WhatsApp para asesoría.


Fuentes oficiales para que compares tú mismo:


Aquí tienes tres noticias reales, recientes y confiables, para justificar con tu jefe que la información es verídica y actualizada:
🔗 Noticias RCN – Ley 2486: vehículos permitidos en ciclorrutas
🔗 El Espectador – Petro sancionó la ley: ya está vigente
🔗 Infobae – En Bogotá sigue prohibido por ahora


🧠 Conclusión rápida (por si vas con afán):
• La Ley 2486 de 2025 ya está vigente en Colombia
 • Puedes usar tu bicicleta eléctrica en ciclorrutas si cumple los requisitos técnicos
 • Bogotá aún mantiene restricciones, pero se espera reglamentación pronto
 • No necesitas SOAT, matrícula ni licencia (¡pero sí casco y luces!)
 • En GW, te damos la bici perfecta y legal para tu ciudad


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